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Sobre la cancelación sin penalización

Marzo 3, 2009 | Operadoras

Sois muchos los que, tras haber publicado en el blog la subida de las tarifas de Vodafone, y haber enviado una alerta a nuestros usuarios, os habéis dirigido a nosotros para preguntarnos: “¿de verdad que me puedo ir sin pagar la penalización?”, “he llamado a Atención al Cliente de Vodafone y me dicen que no, que si me voy tengo que pagar”.

En Atención al Cliente tienen unas directrices claras y directas: parar este tipo de llamadas con afirmaciones como esa y disuadir así a quien en un primer momento quería irse. Bien, nosotros no lo podemos decir más claro y más alto: se puede cancelar resolver el contrato sin penalización. No hace falta que lo juremos sobre una Biblia, la ley lo dice, el artículo 107 del Real Decreto 424/2005 de 16 de abril. Lo reproducimos a continuación…

Artículo 107. Modificaciones contractuales. Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105.2, deberá ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes, en la que se informará, al mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones.

Esto nos ha pasado con anterioridad con otras operadoras, en concreto Movistar, cuando también perpetraron subidas parecidas o cambios en unilaterales en los contratos. Nosotros sólo podemos decirte lo que hay. Si necesitas otras opiniones que corroboren la nuestra te invitamos a acudir a cualquier organización de consumidores, tipo FACUA, y que te lo aclaren. Evidentemente en Atención al Cliente te van a decir “que viene el coco”.

Lo que ya es de comedia, para nota, es lo que le dijeron a Pablo en Atención al Cliente: “las tarifas no han subido porque antes tenía 60 y ahora tiene 90 minutos”. Vamos, sacado de una comedia de Juanito Navarro…

Editado, MUY IMPORTANTE.- Indagando un poco nos hemos encontrado con este párrafo en la web de la OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO DE TELECOMUNICACIONES. Léelo cuidadosamente, es inapelable y creemos que no deja lugar a dudas. (Con lo de “informado por escrito” se refiere a que Vodafone TIENE que informar-comunicar las nuevas tarifas en la próxima factura que recibas.)

Mi operador de telefonía móvil me ha informado por escrito de que van a cambiar algunas condiciones de mi contrato, ¿es legal? Los operadores de los servicios de telecomunicaciones pueden proponer modificaciones en las condiciones contractuales notificándolo al abonado con un mes de antelación. En la misma comunicación se informará, además, del derecho del usuario a darse de baja de forma anticipada y sin penalización alguna si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.

De momento hay 12 comentarios

  1. Gravatar

    alfre martín delgado

    Publicado el 03/03/2009 #

    Cuando dices que te vas a ir a otra compañía y les exponesel citado artículo,te advierten que pasarás a formar parte de una lista de morosos…Pueden hacerlo así, a la ligera??? porque luego te va a salir barba y te vas a dejar 5 años de vida en mala leche, mandando faxes, cartas y recibiendo cartas de impago por no decir que es chunguíííííisimo desaparecer de esta lista una vez figures en ella, no??…hay alguna manera de que eso no ocurra??…quiero decir..de marcharte a otra compañía como yo quiero, sin tener estos problemas….simplemente irme..así sin más alegando el citado incumplimiento de contrato por parte de vodafone…si es así..cual es el procedimiento correcto???…muchas gracias.

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    doctorSIM

    Publicado el 03/03/2009 #

    @alfre evidentemente es una pequeña batalla. Cada uno tiene que decidir si le interesa o no. Tienes un derecho y la oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones se creó desde el gobierno para estas cosas, para informarnos, ampararnos y reclamar.

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    Carlos

    Publicado el 03/03/2009 #

    El problema, casi siempre, es que puedes resolver tu contrato pero el movil que te dieron al principio (de puntos o portabilidad) te lo cobran. No en la totalidad, solo en una prorrata.

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    Blas

    Publicado el 03/03/2009 #

    Específicamente el citado artículo 127 es la clave del asunto. Y está clarísimo, no caben otras interpretraciones torticeras. Y ahí acaba la discusión.

    Pero además también está el Texto Refundido de Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (norma más general y amplia) y al tratar las cláusulas abusivas, se refiere el art. 85:

    “Cláusulas abusivas por vincular el contrato a la voluntad del empresario.

    Las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario serán abusivas y, en todo caso, las siguientes:

    (…)

    3. Las cláusulas que reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato.”

    Y respecto a estas cláusulas:
    Art. 83.1 Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas.

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.l2t2.html#a82

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    Blas

    Publicado el 03/03/2009 #

    Quería decir 107, al principio del todo.

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    HaTRuM

    Publicado el 04/03/2009 #

    Cuando Movistar cambió las condiciones del contrato por última vez, llamé a la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones explicandole el caso. Movistar dice que el contrato de línea puede darse de baja sin penalización, pero el contrato por el terminal adquirido no (y dar de baja el de linea inflinge el contrato por el terminal). La contestación del funcionario fue “usted lo que quiere es llevarse un teléfono por la cara”. Ahí es nada…

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    jose

    Publicado el 06/03/2009 #

    De todas maneras ellos intentaran por todos los medios que no te des de baja, y si la ley nos ampara y dice que cuando existe una modificacion de las condiciones, tenemos derecho a darnos de baja sin ningun tipo de penalizacion podemos hacer uso de este derecho, ya que la ley lo contempla asi, no se trata de que nos “queramos llevar un terminal por la cara sin pagar”, sino que si ellos incumplen lo estipulado nos podemos marchar en caso de que no estamos deacuerdo con las nuevas condiciones impuestas por ellos!, yo recientemente cambie de compañia a Vodafone y adquiri una BB Storm, al momento de hacer todo este cambio firme un contrato de permanencia, con una tarifa minima de 9€ al mes mas el plan de datos, luego active la tarifa de 60×1, al cabo de 2 facturas y tras revisarlas muy bien, me doy cuenta que me estavan facturando los 9€ de la tarifa minima + 12€ de internet movil+ el 60×1+18€ de la tarifa plana de la promocion de la BB Storm, cuando me di cuenta de todo esta sobre facturacion enseguida llame a el numero de atencion al cliente, donde solo me dijeron que me podian abonar los 9€ del consumo minimo por la cantidad de meses que me lo hanbian cobrado, y que me darian de baja la otra promocion, ya que me estan facturando cosas 2 veces, pero de devolverme ese dinero no me dijeron nada.

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    manuel alexander

    Publicado el 09/03/2009 #

    Yo me di de baja hace dos años de la compañia orange antes llamada amena. Ellos me mandan una factura a los dos meses diciendome q les debo 164 por baja anticipada, yo les envie dicho articulo con una carta exponiendo mi caso, y ya dejaron de molestarme,despues de dos años cuando voy a pedir un credito, me dicen q estoy en la lista de impagos los llamo y ellos me dicen que no me estan cobrando la baja anticipada si no el movil que adquiri en su debido tiempo. Ahora digo ellos cometen un doble delito,Primero: Que es colocarme en la lista de impagos sin previo aviso, segundo:Publicidad engañosa el movil lo ofrecen por cero euros y la factura q me mandan refleja un motivo de baja anticipada no de movil modelo xxxx. ahora pregunto ellos pueden hacer eso? Por q no veo justo que se hagan mas rico acosta de los demás. Un saludo.

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    Pablo

    Publicado el 10/04/2009 #

    Hay una cosa muy curiosa, y a mi me gustaría exponerla.

    Vodafone (por ejemplo) no me regaló en su día ningún móvil, lo conseguí con puntos que me dieron por hacer un determinado gasto en llamadas. Osea, esos puntos son mios, como si de dinero se tratase, he pagado ese móvil de alguna forma, por lo que no es lógico que la compañía quiera cobrártelo, en ese caso, tendrías que pedir que te devoliviesen a ti los puntos y gastarlos en otra cosa.

    No se si me explico, si parece una tontería, aunque a mi no me lo parece.

    Lo que es cierto es que las compañías de móviles son unas estafadoras. Yo hace dos años dejé Vodafone y me fui a Yoigo, y oye, la mar de contento!!

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    Rock

    Publicado el 13/04/2009 #

    Hola, soy de vodafone desde el 15 de febrero o así que se hizo efectiva la portabilidad. Me “dieron” un movil por 50€ al pasarme con ellos, bajo contrato de permanencia de 18 meses, lo habitual vamos. La pregunta es, si quiero volver a cambiarme de compañía pero sin perder el móvil ¿con pedir la portabilidad es suficiente? cederá vodafone? o tendré que mandar un burofax o algo y/o termninaré perdiendo mi nº de teléfono. Y bueno habiendo empezado con vodafone, un mes escaso antes de la subida ¿puedo hacer todo esto? gracias!

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    Rodrigo

    Publicado el 17/04/2009 #

    Tiene razón Pablo. Si miras su web y sus anuncios. En todas partes te pone que “CANJEAS” tus puntos.

    Si resulta que luego no te canjean los puntos sino que te “financian” (según ellos) el móvil, entonces se trata claramente de publicidad engañosa.

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    sykkae

    Publicado el 17/05/2009 #

    Hoy 17 de mayo aun me puedo dar de baja sin la penalizacion esta? yo empece con vitamina 60…

    en marzo me hice a contrato con ellos, me llamaron diciendo que pagaría un mínimo de 9 euros y que me darían un 30% de descuento los 6 primeros meses. Ayer me llego la primera factura, tengo que pagar 9 euros de consumo mínimo, luego me suman lo que yo consuma. y después me restan en 30 % de descuento.

    Me quiero dar de baja y apenas llevo un mes, cuanto debo pagar. Tengo un ZV60. Otra cosa!!! en mi factura mi apellido esta mal escrito… como afecta esto el darme de baja.